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El sistema de evaluación de la maestría está compuesto pr tres partes:
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Actividades lectivas |
37 - 43 créditos |
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Componente investigación-académica |
7 - 13 créditos |
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Tesis |
20 créditos |
Las actividades lectivas están formadas por el conjunto de asignaturas obligatorias y opcionales. Cada asignatura tiene su forma particular de evaluar, lo cual está reflejado en los programas de las mismas, siendo el profesor el que emite la evaluación final.
Las actividades lectivas no se pueden revalorizar. Si se suspende una asignatura deberá cursarse completa otra vez. Sólo se harán examenes extraordinarios por causa mayor, siendo unicamente autorizados por el Comité Académico.
La evaluación de la componente investigación-académica lo harán siempre los miembros del Comité Académico, ya sea a través del análisis de documentos (artículos, ponencias, etc.) en sus reuniones periódicas, o participando en tribunales (talleres).
Al no otorgarse créditos en una actividad perteneciente a la componente investigación-académica, esta puede presentarse una vez más siguiendo las indicaciones que se le hagan.
La evaluación de la tesis la dará un tribunal formado por no menos de tres profesores del claustro de la maestría, y sólo se llevará a efecto si acumula 50 créditos entre las asignaturas lectivas y la componente investigativa-académica, en las proporciones establecidas.
Si la defensa de la tesis no se aprueba, el Comité Académico puede autorizar, a solicitud del tribunal, la repetición por una vez más de la defensa. Para ello se dará un tiempo prudencial para que se arreglen los señalamientos hechos por el oponente y el tribunal. Dicho tiempo no puede ser tal que sobrepase el tiempo declarado en la ejecución de la maestría, según la modalidad que se esté cursando.
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